NUEVO SISTEMA DE COTIZACIONES AUTÓNOMOS
El Gobierno prepara una ley que contempla un nuevo sistema de cotizaciones y pagos para los autónomos que recoge tres grandes novedades respecto a la normativa vigente.
La propuesta contempla un nuevo sistema de cotización por ingresos reales para los autónomos que elegirán ellos mismos.
El nuevo sistema de cotización supondría pagar por lo se ingresa como:
– Rendimientos del trabajo
– Capital mobiliario (alquileres, ventas de viviendas o fincas…)
– Rendimientos de actividades económicas
Se propone un esquema de cotización estructurado en 14 tramos que fija unas cuotas mensuales progresivas de 245 a 565 euros, en función de los rendimientos netos de la actividad.
Los autónomos con menos ingresos (con un rendimiento neto igual o inferior a 670 euros) tendrían una base de cotización de 800,65 euros y abonarían 245 euros al mes a la Seguridad Social.
Actualmente, la base mínima es de 960,6 euros, de lo que resulta una cuota mensual de 294 euros al aplicar un tipo del 30,6% para cubrir las contingencias profesionales y comunes, el cese de actividad y la formación. La tasa se mantendría en el mismo nivel, si bien la intención es alcanzar una equiparación con el tipo que se aplica a los asalariados (39,8%).
Los autónomos podrían cambiar hasta 6 veces al año de sistema en función de los ingresos reales.
El nuevo sistemaofrece la posibilidad de “autorregulación”, lo que significa que el autónomo que haya cotizado en exceso o menos de lo que debería, en función de sus rendimientos anuales, estará sometido a una regularización anual, resultado del cruce de datos entre la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
Además, aquellos profesionales que soporten una contingencia podrán permanecer seis meses en la base de cotización más baja y pagar la cuota mínima.
La tarifa plana se mantendrá, aunque dejará de ser universal, pues solo pagarán una cuota reducida de 70 euros, los autónomos cuyos rendimientos no superen el SMI.
Otra de las propuestas, tiene que ver con las deducciones. La ley contempla que los autónomos podrán deducirse el 7% de lo que se denominan gastos genéricos.
Por último, el Gobierno propone cuatro tipos de paro/cese de actividad para los autónomos: el cese ordinario (por cese total), el cese extraordinario que queda documentado para situaciones similares a las vividas, el cese sectorial y el cese por minoración de facturación temporal. En estos dos últimos supuestos se recibiría un 50% de la base reguladora, acreditando el 75% de pérdida de facturación.
Estaremos atentos a las modificaciones legislativas definitivas!!!
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