JURAS DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA ANTE NOTARIO

 

A finales de septiembre de este año, se ha hecho “viral” la noticia de la posibilidad de hacer la jura de nacionalidad ante un notario.

 

Si bien antes solo se hacía en el Registro Civil de la jurisdicción de empadronamiento del interesado, se ha abierto otra opción, en virtud de la publicación en el BOE de 1539, que señala:

“…podrán realizarse ante el Encargado del Registro Civil, Notario, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil las declaraciones de voluntad relativas a la adquisición de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza y opción

 

Así que luego de tanta espera de los solicitantes, en primer lugar para lograr la aprobación de la nacionalidad española y en segundo lugar para formalizar el juramento, se abre esta vía que busca en resumen facilitar el proceso además de automatizarlo.

 

Aunque han pasado casi dos semanas de esta buena noticia, los interesados se están encontrando con cierto hermetismo en las Notarias que se muestran ajenas al procedimiento indicando no tener habilitados los mecanismos para el proceso o no tener información específica del trámite.

Sin embargo, desde nuestro despacho hemos podido obtener información de algunas notarias que sí realizan este proceso y que puede hacerse de inmediato adelantando la jura.

 

Recuerda que la concesión de nacionalidad española no se hace efectiva hasta realizar el juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes.

 

¿TIENES NACIONALIDAD CONCEDIDA Y NO HAS PODIDO HACER LA JURA?

 

LLÁMANOS:         (+34) 691062988

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