DERECHO PENAL
Debido a la importancia y a las graves consecuencias que pueden derivarse de los asuntos del área de Derecho Penal, el despacho asesora y cuida las decisiones tomadas en él al respecto de cada asunto. Tenemos un equipo capaz de atender personalmente y en todo momento a los ciudadanos que necesitan defender sus derechos y libertades protegiendo el Estado de Derecho tanto a aquellos que se encuentren en libertad como a los que están privados de ella.
El Derecho Penal es la rama del Derecho que regula la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia. El Derecho Penal no se reduce sólo al listado de las conductas consideradas delitos y la pena que a cada uno corresponde, sino que fundamentalmente su misión es proteger a la sociedad.
Es por ello que se intenta utilizar medidas que por un lado llevan a la separación del delincuente peligroso por el tiempo necesario respecto de la sociedad, a la vez que se reincorpora al medio social a aquellos que no lo son mediante el tratamiento adecuado en cada caso para lograr dicha finalidad. Así pues, el Derecho Penal se puede definir como el conjunto de normas, pertenecientes al ordenamiento jurídico de determinado estado, cuya finalidad primordial es regular conductas punibles, consideradas como delitos, con la aplicación de una pena.
ÁREAS DE TRABAJO DEL DERECHO PENAL
Asistencia judicial a detenidos| Retornos en aeropuertos |
Juicios rápidos por delitos leves| Defensa delictiva| Violencia de género
Si usted ha estado ó está inmerso en algún problema de este tipo y le supone un estado de incertidumbre cómo actuar ante un juicio ó al haber recibido ya su sentencia le manifiesto que nuestro despacho mantiene gran experiencia en la materia y seguro que podemos ofrecerle la solución perfecta a su situación.
ASISTENCIA JUDICIAL Y DETENEDIDOS
Acompañamiento en declaraciones judiciales y otras diligencias ante los Juzgados y asistencia en calabozos en las detenciones de nuestros clientes con mayor atención en casos de urgencia.
RETORNOS EN AEROPUERTOS
- Recibimos llamadas de familiares desesperados por no querer permitir que “los suyos» sean devueltos al país de origen y acudimos a las asistencias en Barajas u otros aeropuertos para proceder a la entrevista correspondiente antes de la decisión administrativa.
ESTAFA
- El delito de estafa es descrito como un acto de daño o perjuicio sobre la propiedad o el patrimonio de otra persona. El núcleo del tipo penal de estafa consiste en el engaño. Cuando como consecuencia de un engaño se produce la disminución del patrimonio por la aparición súbita de un pasivo en desmedro del activo, se ha lesionado el bien jurídico por medio de dicho delito.
VIOLENCIA DE GÉNERO
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Es un tipo de violencia física o psicológica ejercida contra cualquier persona sobre la base de su sexo o género que impacta de manera negativa su identidad y bienestar social, físico o psicológico. En concreto podemos establecer que existen tres tipos claramente diferenciados de lo que es la violencia de género.
1. Violencia física: Aquella en la que una de las partes es víctima de malos tratos que dejan huellas en su aspecto. Este sería el caso de golpes, empujones, patadas, mordiscos o todos aquellos que son causados por el agresor al hacer uso de sus manos o de objetos como pueden ser armas blancas.
2. Violencia de género psicológica: Esta es la que tiene lugar cuando un cónyuge ataca al otro mediante insultos, humillaciones, desprecios o amenazas. De esta manera, la víctima es fruto de una manipulación que se traduce en que ella se sienta despreciada, indefensa e incluso culpable de las reacciones de su pareja. En este sentido, hay que exponer que dentro de este tipo de violencia no física podemos encontrar a su vez dos clases claramente diferenciadas:
– Económica. Es aquella que se caracteriza porque un cónyuge intenta que la otra parte no tenga acceso al trabajo o al dinero familiar para que así dependan mutuamente de sí mismos.
– Social que es la que utiliza el agresor para que su víctima se aísle de su entorno y no tenga contactos con nadie que pueda abrirle los ojos y ver la situación en la que se encuentra.3. Violencia de Género Sexual. Se utiliza la coacción o a la amenaza para establecer relaciones sexuales no deseadas.
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JUICIOS RÁPIDOS | DELITOS LEVES
- Es el procedimiento para enjuiciar de forma rápida e inmediata aquellos delitos más habituales. Este procedimiento urgente exige una coordinación eficaz entre los distintos responsables: la policía, el fiscal, el juez, el abogado, técnicos y personal al servicio de la Administración de Justicia. Pero también una mayor cooperación y disposición de las personas implicadas en los hechos objeto de enjuiciamiento: denunciantes, perjudicados, víctimas y testigos.
LESIONES
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Resultado de la conducta de un agresor, que cause un menoscabo en la salud física o psicológica de una víctima, y que además, requiera para su sanidad, un tratamiento médico o quirúrgico, además de la primera asistencia facultativa. Se trata de una conducta punible que produce un resultado dañoso a otra persona.Sin este resultado lesivo no habrá delito. Las lesiones causadas pueden serlo de tipo físico :agresión corporal, como de cualquier otra forma, siempre y cuando se menoscabe la salud de una persona. Distintos ejemplos son el contagio de enfermedades, exposición a sustancias tóxicas, utilización de medios psíquicos, etc.
Artículo 147. Código Penal Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
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SEGURIDAD VIAL
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La Dirección General de Tráfico mantiene entre otras funciones analizar detalladamente los datos estadísticos y la obtención de los indicadores de conductores, vehículos, accidentes de tráfico, denuncias formuladas y sanciones o multas por los Agentes de la Autoridad. Para ello, en cualquier momento de la semana podemos encontrarnos con un posible control en la carretera ó con un vehículo de la Guardia Civil o la Policía Municipal controlando las conducciones y a los conductores que invaden las carreteras españolas cuando en alguno de los casos están bajo los efectos del alcohol ó incluso se dan a la fuga tras las señales de la Autoridad. El Despacho intenta que para aquellos conductores que hayan sido parados o detenidos , el resultado no sea tan gravoso tras pasar por un Juzgado analizando cada circunstancia personal.
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ROBO CON VIOLENCIA
- El robo es un delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de bienes ajenos, empleando para ello fuerza en las cosas o bien violencia o intimidación en las personas. Son precisamente estas dos modalidades de ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige únicamente el acto de apoderamiento y que el valor de lo sustraído sea inferior a 400 euros.
FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICO Y PRIVADO
- Será castigado con penas de prisión, multa e inhabilitación especial, por alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial y ó al simular un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad. Existe la posibilidad de la intervención de personas que no han realizado dicha falsificación , y por ello tendrán también una responsabilidad penal para dichas participaciones.
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