VACUNACIÓN VOLUNTARIA PARA NIÑOS DE PADRES SEPARADOS

Faltando poco para cumplirse dos años desde que sale a la luz pública el COVID-19 lejos de ser un virus totalmente controlado, ha seguido su avance con nuevas variantes, siendo noticia y dejando controversias en algunos escenarios.

 

Si hablamos de hijos de padres separados, ¿Cómo se puede resolver una falta de acuerdo entre padres de un menor de edad cuando uno de ellos no da su consentimiento para que el niño sea vacunado?

 

Siempre se ha dicho que los padres quieren “lo mejor” para sus hijos estando en manos de ambos decidirlo, lo que se hace más difícil cuando no se ponen de acuerdo en ello.

En ese supuesto el tema de la vacuna contra Covid – 19, está generando la apertura de procedimientos judiciales, dado que alguno de los padres no desea que se vacune a su hijo, usando como excusa el miedo a los efectos secundarios o por las reacciones médicas que pudiera tener el niño.

El desacuerdo en asuntos relacionados con la patria potestad del menor, como lo es la salud, pueden ser sometidos por jurisdicción voluntaria a un Juez con competencia en Derecho de Familia.

Bajo lo previsto en el artículo 156 del Código Civil, del que se extrae:

 

“En caso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad, cualquiera de los dos podrá acudir a la autoridad judicial, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente madurez y, en todo caso, si fuera mayor de doce años, atribuirá la facultad de decidir a uno de los dos progenitores…”

 

En ese supuesto no será el Juez quien diga si debe o no administrarse la vacuna

sino a cuál de las dos partes otorga la facultad de decidir este particular.

 

Si la discrepancia sobre el tema respecto de los menores de 16 años se da entre padres que están casados, podrán someter la desavenencia a criterio del Juez tal como aplica para los padres no convivientes en la forma señalada en este artículo.

Cuando se trate de menores entre 16 y 18 años podrán decidir directamente y aceptar por sí mismos la vacunación sin estar acompañado de representante.

 

Recordando que siempre será mejor un acuerdo extrajudicial puesto que los plazos de decisión de los juzgados son variables en función de su volumen de expedientes, y se trata de una decisión que afecta la salud del niño y eso está por encima de cualquier discordia.

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