Derecho a paro  para desempleado/as del hogar

El sistema de la Seguridad Social actual en España excluye a los empleados del hogar la posibilidad de acceder a la prestación por desempleo, ya que en el régimen de este sector laboral no se cotiza para ello.

Es un tema que desde siempre ha creado inconformidad y malestar, porque es evidente que no existe un fundamento real que justifique la diferencia entre un empleado de hogar y uno de cualquier otra área.

Considerando además que un alto porcentaje de los trabadores domésticos son mujeres, todo apunta a comprobar que no tener derecho al paro no solo les supone una discriminación derivada del tipo de trabajo desempeñado sino que indirectamente se está discriminando por razones de sexo.

Así lo ha señalado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una muy reciente decisión que ha emitido en relación a un procedimiento judicial en el cual una empleada del hogar en Vigo luego de trabajar por 8 años, motivada a prever las posibles eventualidades que pudieran dejarle sin trabajo, presenta a la TGSS la solicitud para cotizar al desempleo, y la Seguridad Social se lo deniega indicando que las empleadas del hogar por Ley no tiene la posibilidad de cotizar para el desempleo.

Por ese motivo presenta demanda ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Vigo, alegando que la normativa española colide con la de la Unión Europea, y el Juzgado de Vigo remite la decisión a la justicia de la Unión Europea.

El TJUE considera además que la exclusión implica una desprotección social a los empleados de hogar y que se traduce en una situación de desamparo social.”

Aunque la sentencia aun no ha sido publicada íntegramente, os dejamos el siguiente enlace con el COMUNICADO DE PRENSA n.º 37/22 del Tribunal de Justicia con la información, haz clic para acceder a ella o copia y pégala en la barra de búsqueda web:

 

https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2022-02/cp220037es.pdf

Solo queda por saber qué decidirá el Juzgado de Vigo ante el pronunciamiento del TJUE y que en un tiempo no lejano la legislación española reforme la normativa en este sentido, permitiendo a los empleados del hogar las cotizaciones para el desempleo para poder beneficiarse de dicha prestación cuando corresponda.

LLÁMANOS:         (+34) 691062988

ESCRÍBENOS:     info@serranoantonabogados.es  

Síguenos en Facebook     Serranoantonabogados.es

 

Consulta todas las noticias

Tu abogado te informa

Sígueme en

Si te ha gustado, comparte este artículo